|
ASOCIACIÓN DE CIENCIA POLÍTICA Y SOCIOLOGÍA DE ASTURIAS - ASCIPOSA |
|||||||||||
|
Bienvenido a la Asociación de Ciencia Política y Sociología de Asturias. Si desea recibir información sobre nuestra Asociación tanto para asociarse si es Estudiante, Licenciado o Doctor en Ciencias Políticas o Sociología o si está interesado en ponerse en contacto con la Asociación o alguno de nuestros asociados envíe un escrito a nuestra dirección de correo electrónico o llámenos por teléfono. |
|||||||||||
| Colegios y Departamentos | Derecho | Economía | Historia | ||||||||
| Sociología | Política | Estado | Sociedad Internacional | ||||||||
| Instituciones Mundo | O.N.U. | ||||||||||
| Asociaciones Empresariales | |||||||||||
| Sindicatos | ONGs | Movimientos | Medios | ||||||||
| Antiguas Creencias | Religiones Tradicionales | Nuevas Filosofías | Teoría Conspiración | ||||||||
| PRESENTACIÓN | ASOCIACIÓN | ENLACES ACADÉMICOS | ENLACES EXTERNOS | ||||||||
|
La Asociación de Ciencia Política y Sociología de Asturias tiene como ámbito de actuación la Comunidad Autónoma de Asturias y está compuesta por Doctores, Licenciados y estudiantes de Ciencias Políticas y Sociología. Su misión y objetivo fundamental consiste en agrupar a estos para la defensa de sus intereses profesionales, promocionando y consolidando las oportunidades de profesionalización y el reconocimiento social de los politólogos y sociólogos ante las entidades públicas y privadas. Para ello se pone en contacto con otras asociaciones e instituciones, con el fin de promover los intereses científicos y profesionales de nuestras distintas especialidades, fomentando su desarrollo en Asturias. |
|||||||||||
| PRESENTACIÓN | ASOCIACIÓN | ENLACES ACADÉMICOS | ENLACES EXTERNOS | ||||||||
|
Correo: ACPS ASTURIAS C/ Menéndez y Pelayo, 1-B 1º Dcha. 33012 Oviedo Teléfono: 985.116.278 |
|||||||||||
| PRESENTACIÓN | ASOCIACIÓN | ENLACES ACADÉMICOS | ENLACES EXTERNOS | ||||||||
|
FICHA DE INSCRIPCIÓN |
|||||||||||
|
APELLIDOS |
. | ||||||||||
|
NOMBRE |
. | ||||||||||
|
DOMICILIO |
. | ||||||||||
|
CÓDIGO POSTAL |
. | ||||||||||
|
LOCALIDAD |
. | ||||||||||
|
PROVINCIA |
. | ||||||||||
|
TELÉFONO FIJO |
. | ||||||||||
|
TELÉFONO MÓVIL |
. | ||||||||||
|
N.I.F. |
. | ||||||||||
|
FECHA DE NACIMIENTO |
. | ||||||||||
|
CORREO ELECTRÓNICO |
. | ||||||||||
|
TITULACIÓN ACADÉMICA |
. | ||||||||||
|
AÑO LICENCIATURA |
. | ||||||||||
|
UNIVERSIDAD |
. | ||||||||||
|
ÁREA DE CONOCIMIENTO |
. | ||||||||||
|
TRABAJO |
. | ||||||||||
|
FIRMA
|
. | ||||||||||
|
Cubre
la ficha y envíala a nuestra dirección postal: Asociación de Ciencia Política y Sociología de Asturias C/
Menéndez y Pelayo, 1-B 1º Dcha. 33012
Oviedo O
a nuestra dirección de correo electrónico: |
|||||||||||
| PRESENTACIÓN | ASOCIACIÓN | ENLACES ACADÉMICOS | ENLACES EXTERNOS | ||||||||
|
Correo electrónico: |
|||||||||||
| PRESENTACIÓN | ASOCIACIÓN | ENLACES ACADÉMICOS | ENLACES EXTERNOS | ||||||||
|
CAPITULO
I DENOMINACIÓN,
FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo
2.-
La asociación tiene los
siguientes fines: 1.-
Agrupar a los Estudiantes, Licenciados y Doctores en Ciencias Políticas y
/ o Sociología para la defensa de sus intereses profesionales y académicos. 2.-
Promover y consolidar las oportunidades de profesionalización de sus
miembros. 3.-
Fomentar el reconocimiento social de los politólogos y sociólogos ante
las entidades públicas y privadas. Artículo
3.-
Para el cumplimiento de estos
fines se realizarán las siguientes actividades: 1.-
Puesta en contacto con otras asociaciones e instituciones, públicas y
privadas, con el fin de promover los intereses científicos y
profesionales de nuestras distintas especialidades, fomentando su
desarrollo en Asturias. 2.-
Difusión de la Ciencia Política y de la Sociología en todos los ámbitos
y usando los diferentes medios de expresión y de comunicación. Artículo
4.-
La Asociación establece el domicilio social en Oviedo, calle Menéndez
y Pelayo, número 1-B planta 1º Derecha, código postal 33012 y, el ámbito
territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es el
de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Los
presentes Estatutos serán cumplidos mediante los acuerdos que válidamente
adopten la Junta Directiva y la Asamblea General, dentro de sus
respectivas competencias. CAPÍTULO
II ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN
Artículo 5.-
La
Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva,
formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y
Vocales, designados entre los asociados mayores de edad, en pleno uso de
sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de incompatibilidad
establecidos legalmente.
Todos los cargos son gratuitos y
carecen de interés en los resultados económicos de la entidad, por sí
mismos o a través de persona interpuesta.
Artículo 6.-
La Junta Directiva será el órgano competente para interpretar
los preceptos contenidos en estos Estatutos y cubrir las lagunas, siempre
sometiéndose a la normativa legal vigente, en materia de asociaciones.
Artículo 7.- Los cargos
que componen la Junta Directiva se designarán y revocarán por la
Asamblea General Extraordinaria y su mandato tendrá una duración de
cuatro años, aunque puedan ser objeto de reelección indefinidamente.
Artículo 8.- Los
miembros de la Junta Directiva podrán causar baja por renuncia voluntaria
comunicada por escrito a la Junta, por incumplimiento de las obligaciones
que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.
Artículo 9.-
Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el
plazo para el que fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos
hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les
sustituyan.
Artículo 10.- La Junta
Directiva celebrará sus sesiones cuantas veces lo determine su Presidente
o Vicepresidente, a iniciativa propia o a petición de los dos tercios de
sus miembros.
Quedará constituida cuando
asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos
deberán ser adoptados por mayoría de votos, siendo necesaria la
concurrencia, al menos de la mitad de sus miembros. En caso de empate, el
voto del Presidente será de calidad. Será
presidida por el Presidente y, en su ausencia por el Vicepresidente o el
Secretario, por este orden, a falta de ambos, por el miembro de la Junta
que tenga más edad. El Secretario levantará acta, que se transcribirá
en el libro correspondiente.
Artículo 11.- Facultades
de la Junta Directiva:
Las facultades de la Junta
Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios
de las finalidades de la asociación,
siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización
expresa de la Asamblea General.
Son facultades particulares de
la Junta Directiva: a)
Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión
administrativa y económica de la asociación, acordando realizar los
oportunos contratos y actos. b)
Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General. c)
Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los
Balances y las cuentas anuales. d)
Resolver sobre la admisión de nuevos asociados. e)
Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación. f)
Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de
la Asamblea General de socios. Artículo
12.-
El Presidente de la Junta
Directiva lo será también de la Asociación, y tendrá las siguientes
atribuciones. a)
Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de
organismos públicos o privados. b)
Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea
General y la Junta; así como dirigir las deliberaciones de una y otra,
decidiendo con voto de calidad en caso de empate. c)
Ordenar los pagos acordados válidamente y autorizar con su firma
los documentos, actas y correspondencia. d)
Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación
aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o
conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta
Directiva. Artículo
13.-
El Vicepresidente sustituirá
al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier
otra causa, tendrá las mismas atribuciones que él. Artículo 14.- El Secretario tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos >Kidon |
Lenguas National Congress American Indians Ethnologue, Languages of the World Mapas Periodical Historical Atlas of Europe | ||||||||||